lunes, 23 de noviembre de 2015



Reglas del cargo y del abono:
Tomando en consideración los casos en los cuales se cargan y se abonan las diferentes cuentas del Activo, del Pasivo y del Capital, se instituyeron las siguientes reglas:

Se debe cargar:{
  • Cuando aumenta el Activo
  • Cuando disminuye el Pasivo
  • Cuando disminuye el Capital

  • Se debe abonar:{
  • Cuando disminuye el Activo
  • Cuando aumenta el Pasivo
  • Cuando aumenta el Capital

  • Cuentas del Capital o de resultados:{
  • Gastos de venta
  • Gastos de administración
  • Gastos y productos financieros
  • Otros gastos y productos
  • Las cuentas de Gastos de venta y de administración están destinadas únicamente al registro de operaciones que producen disminuciones del capital, razón por la cual siempre se deben cargarpuesto que, de acuerdo con las reglas instituidas, las disminuciones del capital se deben cargar; en consecuencia, como únicamente se cargan, su saldo siempre será deudor.
    Las cuentas de Gastos y productos financieros y de Otros gastos productos, por estar destinados al registro de operaciones que produzcan, tanto un aumento como disminuciones del capital, lo mismo se pueden cargar que abonar, según sea la clase de operación que en ellas se registre.
    Se debe cargar, cuando en ellas se registren disminuciones del capital, de acuerdo con las reglas establecidas, las disminuciones del capital se debe cargar, en el caso contrario, su saldo podrá ser deudor o acreedor.

    Elaborado por: (Marco Antonio Chan Moguel) :)

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